Se convocan en régimen de concurrencia competitiva 2.431 becas que se destinan a facilitar la colaboración de los estudiantes universitarios en los departamentos universitarios, en régimen de compatibilidad con sus estudios, con el fin de iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
Estudiantes de Grado:
Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de Grado que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial. Estar matriculado en el curso 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios de Grado y haber superado el 75 por ciento de la carga lectiva de su titulación.
- Haber obtenido como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
- 7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas.
- 7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas.
- 7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud.
- 8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades.
- En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados dobles grados, solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la que opte a la beca de colaboración.
Estudiantes de Máster:
Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de primer curso de Másteres oficiales que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor. No tener superados todos los créditos a excepción del trabajo fin de máster de un Máster diferente de aquél para el que se solicita la beca.
- Estar matriculado en el curso 2024-2025 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
- Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al Máster la nota media establecida en el apartado anterior (estudiantes de Grado), en función de la rama de conocimiento de procedencia.
Sólo podrán presentarse los alumnos que pertenecen a:
- Departamento de Farmacia y Nutrición (Grado en Nutrición Humana y Dietética, Grado en Ciencias y Tecnología de los Alimentos, Grado en Farmacia, Grado en Biotecnología y Grado en Gastronomía)
- Departamento Medicina (Grado en Medicina, Grado en Odontología, Grado en Psicología y Grado en Veterinaria)
Asimismo, y según el artículo 11 de la convocatoria, en el supuesto de una insuficiencia de candidatos para las becas inicialmente asignadas se establecerá el siguiente Departamento cómo suplente:
- Deportes
Obligatorio tramitar en CIENTIA por parte del Tutor.