Cada programa de doctorado de la Universidad Católica estará organizado, diseñado y coordinado por la Comisión Académica correspondiente y estará constituido por la formación especificada en el artículo 8 de esta normativa y por las líneas de investigación reconocidas en la memoria de verificación de cada programa. Anualmente, el Vicerrectorado de Investigación abrirá una convocatoria para la inclusión de nuevas líneas en el citado registro, como se regula en la normativa de grupos de investigación de la Universidad.
En cada programa de doctorado estarán perfectamente definidos los siguientes aspectos:
- Líneas de investigación, en las que se acogerán los planes de investigación para la realización de las tesis doctorales. Dichas líneas deberán tener una actividad investigadora adecuada, acreditada mediante proyectos de investigación, producción científica y transferencia tecnológica.
- Relación de doctores propuestos como tutores y directores de tesis doctorales, vinculados a cada una de las líneas de investigación, según los criterios definidos en el artículo 7 de esta normativa.
- Número máximo de doctorandos (y, por tanto, de tesis) admitidos en cada línea de investigación.
Los programas de doctorado de la Universidad Católica podrán contar con la colaboración, expresada mediante un convenio, de otros organismos, centros, instituciones y entidades con actividades de I+D+i, públicos o privados, nacionales o extranjeros.
Programas de Doctorado