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Criterios de Admisión y Tasas

El perfil de ingreso de los estudiantes que pueden acceder al programa de doctorado debe incluir licenciatura, grado y máster, o doctorado en las siguientes disciplinas: Ingeniería Civil, Ambiental, Geológica y Química, Ingeniería Informática, Electrónica, Telecomunicaciones, Ciencias Ambientales, Biología, Química, Geología y Biotecnología.

Las Ingenierías agronómica, estructural, mecánica, industrial (según la especialidad) aeroespacial, aeronáutica, edificación y arquitectura, deben tener competencias de nivel 3 del MECES relacionadas con las líneas de investigación del programa.

Este perfil se hará público al inicio de cada curso académico y estará publicado en la página web del título.

Los requisitos de acceso a los programas de doctorado vienen establecidos por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, que establece que, para acceder a las mismas, será necesario estar en posesión de los títulos oficiales de grado, o equivalente, y de máser universitario. También puede accederse a ellas si se cumple alguno de estos otros supuestos:

  • Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del EEES, que habilite para el acceso a máster y haber superado un mínimo de 300 ETCS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que al menos 60 deben ser de nivel de máster.
  • Estar en posesión de un título oficial español de grado, cuya duración sea al menos de 300 ECTS conforme a normas de derecho comunitario. Estas personas tituladas deben cursar con carácter obligatorio los complementos de formación, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de máster.
  • Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación de la universidad de que ese título acredita un nivel de formación equivalente al del título oficial español de máster universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado.
  • Estar en posesión de otro título español de doctorado obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
  • Estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el RD 778/98, de 30 de abril, o haber superado la Suficiencia Investigadora según lo regulado por el RD 185/85, de 23 de enero a través de programas de doctorado vinculados al ámbito de las Ciencias Politécnicas.
  • Haber superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud, tal y como se contempla en el Artículo 6, c) RD99/2011.

Los estudiantes que cumplan con los requisitos anteriores podrán acceder al programa de doctorado, siendo la Comisión Académica del programa, la encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos anteriores para la admisión del doctorado.

Con la finalidad de acometer el mandato realizado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en noviembre de 2013 a través de la nota aclaratoria enviada a las Universidades para la correcta interpretación de lo previsto en el apartado a) del artículo 6.2 del RD 99/2011, en el sentido de regular las equivalencias entre créditos LRU y ECTS, así como los criterios de valoración de los 60 créditos ECTS que deban ser valorados de nivel de máster, para el acceso a estudios de doctorado:

La Escuela Internacional de Doctorado de la UCAM (EIDUCAM), a los efectos de valoración de las solicitudes de acceso a estudios oficiales de Doctorado realizados por quienes estén en posesión de títulos de españoles de segundo ciclo o ciclo largo anteriores de los regulados en el Real Decreto 1393/2007 (títulos de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto) determina, a través del acuerdo aprobado con fecha 18 de junio de 2014, que las Comisiones Académicas de los Programas de doctorado pertenecientes a la EIDUCAM, aplicarán los siguientes criterios:

  1. Todos los títulos de licenciado/Ingeniero y/o arquitecto emitidos en España, serán considerados -solo a efectos de acceso a doctorado-como títulos de 300 créditos ECTS, de los que al menos 60 tienen nivel de Máster.
  2. En las titulaciones universitarias oficiales reguladas por el RD1497/1987 de 27 de noviembre, se considerará la equivalencia e cada crédito LRU igual a un crédito ECTS.

Todo lo anterior sin perjuicio de las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado puedan asignar a estos titulados los complementos de formación específicos que consideren adecuados, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 99/2011.

El órgano que llevará a cabo el proceso de admisión es la Comisión Académica del Programa. Los estudiantes que cumplan con los requisitos de acceso serán admitidos al programa de doctorado, teniendo en cuenta los siguientes méritos:

  1. El expediente académico (licenciatura/grado/máster) o en su caso el título de doctor del solicitante debe corresponderse con el perfil de ingreso y las líneas de investigación del programa de doctorado.
  2. Aquellos alumnos que no tengan el español de lengua nativa y que no acrediten un C1 de español tendrán que acreditar un B2 de inglés.

Los criterios de selección se especifican a continuación:

  1. Expediente académico del candidato (65%): Calificaciones obtenidas por el candidato en sus estudios de grado, licenciatura o máster. Se seleccionará el expediente con mayor nivel de competencias MECES para valorar este aspecto.
  2. Participación en actividades de investigación (proyectos, publicaciones, congresos o reuniones científicas, etc.) (10%).
  3. Cursos de formación realizados (diferentes al máster), relacionados con las líneas de investigación del programa de doctorado (10%).
  4. Acreditación de un nivel de inglés superior a B1 (10%).
  5. Carta de motivación (5%): Propuesta de director de tesis y línea de investigación.

Los candidatos podrán ser seleccionados siempre y cuando alcancen un 5 sobre 10 en el cómputo total.

Presentada la documentación, la Comisión Académica del Programa procederá a la selección de candidatos aplicando los criterios anteriores. El procedimiento y los criterios de admisión del programa cumplen lo establecido en el Artículo 6 del RD 99/2011. Así, la Comisión Académica del programa velará por que los estudiantes con necesidades educativas especiales, derivadas de la discapacidad, cuenten con los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados y evaluará la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.

El Programa de Doctorado contempla la realización de estudios de doctorado a tiempo parcial, de acuerdo con el RD 99/2011. En estos casos, los criterios de admisión al programa serán los mismos que para los estudiantes a tiempo completo. Los estudiantes que deseen realizar los estudios en este programa de doctorado a tiempo parcial deberán solicitarlo a la Comisión Académica del programa cuando presenten la solicitud de admisión al mismo.

Los estudiantes a tiempo completo dispondrán de 3 años para el depósito de la tesis doctoral mientras que los estudiantes a tiempo parcial no podrán superar los 5 años.

 

Preinscripción y matrícula

 

Periodo de preinscripción: 

  • Abierto durante todo el curso académico.
  • Las Resoluciones de Admisión se realizarán en los meses de Octubre y Mayo