Acceso Enseñanzas Doctorado
Los requisitos de acceso a doctorado serán los establecidos en el artículo 6 del R.D. 99/2011. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
Las solicitudes de acceso se elevarán a la Comisión Académica del programa correspondiente, que emitirá un informe técnico. La solicitud se tramitará en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula.
Admisión y Matrícula
Los aspirantes podrán acceder a cualquier programa de doctorado, impartido en la Universidad Católica de Murcia que esté relacionado científicamente con su curriculum vitae universitario, siempre que cumplan los requisitos previos y reúnan los méritos exigidos para su admisión.
Para la admisión a un programa de doctorado, la Comisión Académica correspondiente establecerá los requisitos y criterios necesarios, que deberán estar incluidos en la memoria de verificación del programa.
En el caso de estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad, se pondrán a su disposición los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos. La admisión a un programa de doctorado la decidirá la Comisión Académica de cada programa de doctorado. La secretaría de doctorado del Vicerrectorado de Investigación establecerá anualmente el calendario e instrucciones para la solicitud de admisión y formalización de matrícula en los programas de doctorado. Las comunicaciones de admisión y exclusión se realizarán de forma individualizada a los solicitantes.
Los solicitantes que hayan sido excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a partir de la recepción de la comunicación para presentar el correspondiente recurso ante la Escuela Internacional de Doctorado de la UCAM, que dispondrá de 30 días naturales para dar respuesta.
Los estudiantes admitidos deberán formalizar su matrícula atendiendo a las indicaciones facilitadas por la Secretaría de Doctorado. Cada curso académico la matrícula se renovará automáticamente, generándose la carta de pago correspondiente para su formalización. Cuando se trate de programas de doctorado conjuntos, el convenio determinará la forma en que deberá llevarse a cabo dicha matrícula.
Podrán ser admitidos en los programas de doctorado los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero. En caso de tan sólo haber superado parcial o totalmente el periodo de formación de programas de doctorado regulados por los citados reales decretos, el alumno deberá cursar un máster para ser admitido, pudiendo ser reconocida la formación previa.
Más información: postgrados@ucam.edu