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Tesis Doctoral

La tesis doctoral consistirá en un trabajo original de investigación elaborado por el candidato en cualquier campo del conocimiento, debiendo capacitar al doctorando para el trabajo autónomo en el ámbito de la I+D+i.

Garantía de Originalidad

 

El Estatuto del Estudiante Universitario, aprobado por Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, establece (artículo 7) el derecho de los estudiantes al reconocimiento de la autoría de los trabajos elaborados y a la protección de la propiedad intelectual de los mismos, así como el deber de abstenerse de la utilización o cooperación en procedimientos fraudulentos en su elaboración (artículo 13).

Más allá de la protección que otorga a los autores la Ley de la Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril), y sin entrar en las figuras delictivas en que pueda incurrir quien plagie una obra literaria, artística o científica (artículo 270 del Código Penal), la conducta de búsqueda de información debe estar regida por normas éticas que permitan mantener en todo momento el respeto a los demás, la congruencia de las acciones y la rigurosidad en la honestidad de la investigación.

Con el objetivo de proporcionar a los investigadores pautas de actuación que les ayuden a desterrar las malas prácticas en el mundo universitario, evitando que se produzcan lesiones en los derechos de autoría y explotación, se deberán observar las siguientes medidas preventivas previas al depósito de la Tesis:

  1. En el momento de depositar la tesis, y junto a la declaración jurada de originalidad, se deberá depositar un informe firmado por el director o directores que garantice la originalidad del trabajo. Como norma general, se considera como informe de garantías la copia pdf de la herramienta anti-plagio contratada por la universidad, junto a un informe explicativo del director justificando la originalidad de la Tesis, siendo este informe preceptivo, pero no vinculante. En ningún caso se considerará definitivo el depósito en ausencia de alguno de estos documentos.
  2. Los directores, en caso de dificultad, podrán solicitar a la EIDUCAM que se les facilite dicho informe, debiendo proporcionar para ello el texto definitivo de la tesis en formato pdf.
  3. La Comisión del programa correspondiente, en el acto de aprobación del depósito de Tesis recibidos los informes, decidirá si acepta o no el depósito definitivo. Pudiendo para ello conceder audiencia tanto al doctorando como al director, o solicitar un informe de expertos tanto en medidas anti-plagio como en la materia objeto de investigación.