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Formación y Movilidad

Actividades Formativas

 

Para garantizar las competencias que debe adquirir el doctorando, establecidas en el artículo 5 del R.D. 99/2011, en los programas de doctorado de la UCAM se ofertará tanto formación transversal como específica, aunque la actividad esencial será la investigadora.

En todos los programas de doctorado se impartirá una formación transversal, que se corresponde con el Módulo de Metodología para la Investigación, cuya organización, contenido, procedimientos para su evaluación y control se detallan en el Anexo 1. Los doctorandos que deban cursar y superar de forma obligatoria este módulo deberán realizarlo como norma general durante el primer año de doctorado para no ser excluidos del Programa.

Esta formación también podrá estar incluida dentro del contenido de los másteres oficiales de postgrado, en cuyo caso será reconocida y no será necesario cursarla durante el doctorado. La formación transversal también podrá ser reconocida si el doctorando acredita el nivel de formación investigadora o experiencia equivalente, previa aportación de la documentación pertinente y la aprobación de la Comisión Académica.

Cada programa de doctorado ofertará una formación específica en su área de conocimiento a través de:

  • Seminarios científicos.
  • Cursos especializados en metodología científica y técnicas analíticas.
  • Ciclos de conferencias.
  • Organización y participación en congresos.
  • Otras específicas del área.

Tal y como se define en el artículo 4.2 del R.D. 99/2011, la organización de esta formación y los procedimientos para su control, serán definidos por cada Comisión Académica e incluidos en la memoria para la verificación del programa de doctorado.

Todas las actividades formativas realizadas por el doctorando se recogerán en el documento de actividades a que se refiere el artículo 2.5 del R.D. 99/2011.

Las actuaciones y criterios de movilidad serán definidos en cada programa de doctorado en función de sus características.