De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2007, de 27 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se entiende por:
a) Educación para el desarrollo, el proceso encaminado a lograr en las personas, mediante el análisis crítico, la incorporación de valores propios de este ámbito de actuación y un cambio de actitudes y comportamiento, que les lleve a la participación y al compromiso activo con la cooperación para el desarrollo y la transformación social necesaria para lograr un mundo más justo y solidario.
b) Sensibilización para el desarrollo, el conjunto de actividades cuyo objetivo es informar, favorecer un mejor conocimiento y comprensión y concienciar a la población sobre la realidad de los países empobrecidos, los problemas que les afectan, la pobreza y sus causas, la justicia social basada en los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y todos los temas objeto de la cooperación para el desarrollo.